Este tipo de préstamos se formalizan por medio de un contrato de mutuo acuerdo con garantía prendaria. El solicitante del préstamo deposita sus prendas en la sucursal, resguardadas en bóvedas de alta seguridad y con sistemas de alarma, recibiendo en forma efectiva e inmediata hasta el 80% del avalúo realizado por nuestros peritos valuadores.
Toda la joyería se encuentra cubierta con un seguro contra robo e incendio.
El cliente determinará el plazo de su contrato que puede ser de 1 o 3 meses según sus necesidades. En plazos de un mes los préstamos son mayores.
Es importante que el cliente presente una identificación oficial (credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla) al momento de solicitar su préstamo y en el momento de desempeñar sus prendas.
Los artículos que se pueden dejar en garantía son:

• Joyería de oro
• Pedacería de oro
• Monedas de oro
• Relojes cuyo pulso sea de oro

En todos los casos el oro debe ser amarillo sin importar el kilataje.